Madrid, 30 oct (EFE).- La Guardia Civil y la compañía tabaquera Altadis han firmado un procedimiento operativo de colaboración para combatir el comercio ilícito de tabaco, informan ambas entidades.
El objeto es impulsar la prevención del contrabando y del fraude fiscal y luchar contra otros actos ilícitos relacionados con el mercado de tabaco, así como divulgar los perjuicios del consumo de productos procedentes del tráfico ilegal en todo el territorio nacional.
El convenio ha sido firmado por el director general de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, y el presidente de Altadis, Juan Arrizabalaga Azurmendi, en la sede de la Dirección General del instituto armado, donde ayer también se firmó otro similar con la tabaquera Philip Morris.
El acuerdo con Altadis es el resultado de la preocupación que ambas partes comparten hacia el grave perjuicio que ocasiona el contrabando de tabaco y el fraude vinculado al mismo desde diversas perspectivas.
En concreto el fraude a la Hacienda Pública y a la Unión Europea, el perjuicio a las empresas que legalmente operan en el sector, el establecimiento de criminalidad organizada en determinadas áreas geográficas, la creación de un ambiente de impunidad, el potencial agravamiento del daño a la salud de los consumidores y el consumo irresponsable especialmente por menores de edad.
El acuerdo recoge la prevención y la lucha contra el contrabando, el fraude y la venta ilegal de tabaco con el intercambio de información y la cooperación en la investigación y persecución de todo tipo de actividad ilegal en este ámbito para facilitar la acción de la justicia.
Además, la promoción del conocimiento y cumplimiento de la normativa en materia de fabricación, distribución, venta y consumo de tabaco y de la sensibilización social de los perjuicios que se derivan del mercado ilícito, y cooperación en formación, actualización y desarrollo de actuaciones institucionales.
En concreto se persigue el fraude en el ámbito de los impuestos especial sobre el tabaco y el valor añadido, el contrabando, la usurpación de signos distintivos y las marcas registradas y su comercialización e importación sin conocimiento del titular de los derechos.